La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) publicó hoy la Circular Nº AFP-172-2020, que establece el procedimiento para el retiro extraordinario de los fondos de pensiones dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 034-2020.
Detalla que los afiliados cuyo fondo al 31 de marzo de 2020, no registren aportes por los meses entre setiembre de 2019 y febrero de 2020 podrán disponer de hasta 2,000 soles.
Para ello, los afiliados deberán ingresar su solicitud de retiro extraordinario bajo los canales y formatos que habiliten las AFP hasta el 27 de abril de 2020.
Una vez recibida la solicitud, la AFP evaluará el cumplimiento de los requisitos y, de resultar procedente, comunicar al afiliado el desembolso del monto solicitado en un plazo no mayor de tres días hábiles de recibida la solicitud.
En el caso de no resultar procedente, la AFP informará ello al afiliado en un plazo no mayor de cinco días hábiles, guardando constancia de la comunicación realizada.
PAGOS. Los pagos se realizan en una armada hasta por 2,000 soles en el mes de abril. En caso el saldo del fondo del afiliado sea menor al referido monto, podrá retirar dicho monto en su integridad en el mismo mes de abril.