Limitan monto para obras por administración directa a regiones y municipios

El Congreso de la República aprobó por insistencia y publico la Ley N° 31987 que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional, principalmente en gobiernos subnacionales, es decir gobiernos regionales y municipalidades provinciales y distritales.

La norma fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el sábado pasado y precisa que tanto gobiernos regionales como municipalidades no podrán ejecutar por esta vía aquellas obras que superen las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir 275,500 soles.

Sobre la base de esta ley, las obras que superen dicho monto deberán ser sometidas a concurso público.

Esta ley fue aprobada sobre la base del proyecto de ley N° 875-2021 presentado por la Contraloría General de la República el 1 de diciembre del 2021 y aprobado por mayoría; sin embargo, el 15 de agosto del 2022 la autógrafa de la referida ley fue observada por el Poder Ejecutivo. Tras ello, el 14 de abril de este año, la Comisión de Economía aprobó por insistencia.

El 14 de setiembre último, el pleno del Congreso votó la insistencia de la ley y la aprobó, el 21 de este mes fue promulgado por el presidente de ese poder del Estado y el último 23 fue publicado en el Diario Oficial El Peruano.

VOTACIÓN. La votación de la insistencia de la ley fue respaldada por la mayoría de congresistas, entre ellos los de Junín, Waldemar Cerrón, Silvana Robles, Edgard Reymundo, y David Jiménez, mientras que Ilich López no asistió a dicha votación.