Por no adjuntar recibo y habilitación de su abogado rechazan apelación de Alejandro Barrera

El Jurado Nacional de Elecciones declaró improcedente el recurso de apelación presentado por el suspendido consejero regional de Junín, Alejandro Barrera Arias, contra el acuerdo de Consejo Regional N° 359-2023-GRJ/CR que lo suspendió del cargo.

El máximo órgano en materia electoral dispuso además el archivo definitivo del caso, por lo que corresponderá ahora que el Consejo Regional solicite la proclamación del accesitario de Alejandro Barrera, en este caso Hernán Rojas de la Cruz.

MOTIVOS. Los motivos para la improcedencia de la apelación de Alejandro Barrera, según el auto N° 2 del JNE, es que no adjuntó el original del comprobante de pago de la tasa electoral por concepto de apelación, tampoco el documento que acredite la habilitación para el ejercicio profesional de su abogado.

El 28 de noviembre del año pasado, el JNE requirió al suspendido consejero regional representante de Jauja para que subsane estas observaciones y le dio un plazo de tres días hábiles; sin embargo, no lo hizo.

Alejandro Barrera fue suspendido por el Consejo Regional luego que la Sala Penal Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancayo declaró infundado su recurso de impugnación contra una sentencia de 4 años de pena privativa de la libertad suspendida e inhabilitación para ejercer función pública por 3 años.