TC anula sentencia contra Vladimir Cerrón por el caso «aeródromo wanka»

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El Tribunal Constitucional, a través de su sentencia 326/2024, declaró fundada una demanda de hábeas corpus a favor de Vladimir Cerrón Rojas, presentada a través de su defensa legal, y anuló la sentencia de 3 años y 6 meses de prisión efectiva del 6 de octubre del 2023, por el que actualmente se encuentra no habido.

«Si bien a la justicia constitucional no le compete determinar en qué momento se consuma el delito, o explicar su tipología según su ejecución, pero en tanto se ha determinado que la justicia ordinaria ha obviado pronunciarse sobre esto al resolver, lo que implica una clara vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, corresponde amparar la demanda, ordenando que la Sala Superior, emita una nueva resolución conforme a lo desarrollado en esta sentencia», señala el documento de 39 páginas.

El máximo organismo judicial ordenó además que la Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia de Junín, emita una nueva resolución considerando lo desarrollado en este fallo, instancia que el 14 de diciembre del 2023 declaró improcedente la demanda de hábeas corpus, que había sido presentada sobre la base de la sentencia de tres años y seis meses.

Precisamente el 9 de octubre de 2023, a tres días de haber sido sentenciado, los abogados José Enrique Llumpo Agapito y José Miguel Mayhua Quispe interpusieron demanda de habeas corpus a favor de don Vladimir Cerrón contra los jueces de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancayo.

Junto a Cerrón fueron sentenciados Aldrin Zárate Bernuy, Luis García Morón y Serafín Blanco Campos a quienes les impusieron el pago de una reparación civil de 800,000 soles, y los inhabilitaron por el mismo periodo para ejercer cargos públicos.

Cerrón casi de inmediato se pronunció sobre el tema.

Según desarrolla el TC en su decisión, los jueces que juzgaron el líder de Perú Libre no habrían fundamentado, ni precisado qué tipo de delito se le imputó al sentenciado, por lo que tampoco se aclaró cómo es que no operó la prescripción de su proceso penal, solicitado por su defensa.