Congreso aprueba reelección de autoridades y de pasito eliminación de movimientos regionales

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El pleno del Congreso de la Repúblico aprobó, en primera votación, la reforma constitucional que modifica los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución a fin de establecer la reelección inmediata, por un periodo adicional, para alcaldes y gobernadores regionales.

Fueron 91 votos a favor, 25 en contra y 3 abstenciones de la iniciativa que reforma la Carta Magna. Entre los congresistas de Junín, quienes votaron a favor de esta reforma están los legisladores David Jiménez Heredia e Ilich López Ureña, mientras que votaron en contra los congresistas Edgard Reymundo Mercado y Silvana Robles Araujo, en tanto Waldemar Cerrón no votó por estar condiciendo la sesión.

Se precisa que el gobernador regional es elegido conjuntamente con un vicegobernador regional, por sufragio directo por un período de cuatro años. El mandato de dichas autoridades es revocable, conforme a ley. Pueden ser reelegidos por un solo periodo adicional de manera inmediata.

De igual manera, se establece que los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro años. Pueden ser reelegidos por un solo periodo adicional de manera inmediata. Su mandato es revocable, conforme a ley. El mandato de alcaldes y regidores es irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución.

El texto de reforma constitucional será objeto de debate y segunda votación en la siguiente legislatura ordinaria, informó el segundo vicepresidente del Congreso de la República, Waldemar Cerrón, tras culminar la votación.

Este es el texto sustitutorio ingresado por la fujimorista Martha Moyano aprobado.

ELIMINACIÓN. La norma aprobada establece que «los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de partidos políticos de alcance nacional o alianzas entre estos, conforme a ley», es decir borra del mapa a los movimientos regionales.

«Tales partidos y alianzas concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica», señala el dictamen aprobado.