El Congreso publicó la Ley N° 31125 que declara en emergencia el Sistema Nacional de Salud por doce meses y podrá desarrollar intervenciones institucionales, legislativas, operativas y presupuestales para la organización de prestaciones, gestión de recursos humanos, y articulación interinstitucional en todos los establecimientos de salud y las respectivas diresas.
La norma establece el Ministerio de Salud asume la conducción administrativa de las direcciones regionales de salud, gerencias regionales de salud, así como de las sanidades de las fuerzas armadas y policiales, para manejar todos los actos administrativos y la gestión de los servicios de salud.
La norma también dispone la prohibición de contratación de profesionales de la salud, técnicos o auxiliares asistenciales de la salud, bajo servicios prestados por terceros o servicios no personales o de locación de servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, gobiernos regionales, gobiernos locales, EsSalud y sanidades de las Fuerzas Armadas y de la PNP, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del jefe titular de pliego.
A partir de esta norma los gobiernos regionales y EsSalud coordinarán con el Ministerio de Salud (Minsa) la priorización de equipamiento e infraestructura necesaria para fortalecer los servicios y establecimientos de salud.
RECHAZO. La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR) a través de un comunicado pidió al Congreso de la República derogar el numeral 4.7 del artículo 4 de la referida ley, pues indicaron que es inconstitucional al vulnerar la autonomía de los gobiernos regionales.