El titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acobamba, Huancavelica, declaró fundado en parte un nuevo hábeas corpus a favor de Vladimir Cerrón Rojas y consecuentemente declaró la nulidad de las sentencias en primera y segunda instancia que pesaban en su contra.
Según El Comercio, el juez Alain Salas Cornejo, declaró fundado en parte la demanda de hábeas corpus presentada por Randy Félix De la Cruz a favor de Vladimir Cerrón respecto a la vulneración del derecho a la motivación de las resoluciones judiciales que en primera y segunda instancia lo sentenciaron.
En la resolución de sentencia número siete, que tiene como fecha hoy 9 de junio, el juez declara nula ambas sentencias contra Vladimir Cerrón y ordena un nuevo pronunciamiento.
“Se declaran nulas la sentencia N° 041-2019-5JUP/CSJJU del 5 de agosto del 2019, expedida por el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Junín, que sentencia al beneficiario Vladimir Roy Cerrón Rojas por el delito de negociación incompatible en agravio de El Estado Peruano – Gobierno Regional de Junín, Exp. 01122-2018-27-1501-JR-PE-05; y, la sentencia de vista N° 091-2019-SPAT del 18 de octubre del 2019, que confirma la sentencia 041-2019 en cuanto a la responsabilidad penal del sentenciado Vladimir Roy Cerrón Rojas”, señala.

PARA RECORDAR. Como se sabe, el Quinto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancayo sentenció el 5 de agosto del 2019 a Vladimir Cerrón, Henry López Cantorín, Carlos Mayta Valdez y Juan Carlos Sulca Yauyo por negociación incompatible en agravio del Estado, en el caso de la obra mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de La Oroya a cuatro años y ocho meses de prisión, y al pago de S/ 850.000 como reparación civil.
Sin embargo, el 18 de octubre de 2019, la Sala Penal Transitoria Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios revocó la pena de cuatro años y ocho meses de pena efectiva, y la reformuló a cuatro años de prisión suspendida con un periodo de prueba de tres años bajo reglas de conducta para todos los implicados.



















