Está de malas. El Segundo Juzgado Penal Unipersonal dictó sentencia contra el candidato a la gobernación de Junín por Caminemos Juntos, Dimas Aliaga Castro, por la comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad genérica.
La sentencia es de dos años y ocho meses de pena privativa de la libertad, cuya ejecución fue suspendida por un periodo de prueba de dos años bajo el cumplimiento de ciertas reglas de conducta, y con la advertencia de revocarse y ser internado en un penal en caso de incumplimiento.
Según la sentencia N° 095-2022-2JPU-HYO del 8 de julio pasado y dictado por el juez Marco Antonio Hannco Paredes, Dimas Aliaga es responsable de la comisión de este delito en agravio del Jurado Nacional de Elecciones, por el que además le impusieron el pago de reparación civil de 2 000 soles que deberá ser pagado en 20 días hábiles, contados desde el pronunciamiento del juez.
En la resolución se señala además que el referido candidato regional se encuentra prohibido de ausentarse de lugar donde reside (Huancayo) y de variar de domicilio sin previa autorización del juzgado, está obligado a comparecer mensualmente al juzgado para informar y justificar sus actividades y realizar su registro biométrico, y finalmente no cometer ningún nuevo delito doloso.
APELACIÓN. Luego de haberse dictado la referida sentencia, en cuya audiencia participó el candidato regional Dimas Aliaga, éste presentó apelación y el juzgado penal le concedió apelación con efecto suspensivo de la sentencia.
El caso fue elevado a segunda instancia para que resuelva nuevamente el caso, mientras tanto Aliaga Castro podrá continuar con su campaña electoral.